Proyecto de Gestión

    1. Recursos materiales:

    Según el material del centro estará ubicado en distintas dependencias:

      • Material audiovisual: Se encuentra en las dependencias de la Biblioteca

      • Material de informática: Aula de informática y aulas TIC (ordenadores y pizarras digitales). El material consumible se encuentra en el almacén de administrracción.

      • Material de reprografía: Sala de reprografía de la Secretaría

      • Murales y mapas: Biblioteca.

      • Biblioteca: En su propia dependencia

    1. Recursos Humanos:

        • El personal Docentes es competencia de la persona responsable de la Jefatura de Estudios del Centro.

        • El personal de Administración y Servicios es competencia de la persona responsable de la Secretaría del Centro.

        • El personal laboral: monitora de infantil, personal de limpieza y responsable de portería es competencia del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarche.

        • Cada uno de niveles tendrá un maestro o maestra responsable de su tutoría.

        • Cada maestro o maestra es responsable del grupo donde se encuentra impartiendo docencia y de todo el alumnado en las dependencias comunes, debiendo adoptar las medidas adecuadas para que exista un adecuado clima de convivencia.

.- El Equipo Directivo contará con un estudio de la evolución del gasto y de los ingresos para ajustar las previsiones a las necesidades del Centro con criterios realistas.

.- El presupuesto contará con la totalidad de los ingresos que se prevea obtener, incluido el remanente del curso anterior, si lo hubiera.

.- A tal fin, previo a la elaboración del presupuesto, el Centro recabará de las asociaciones, instituciones, organismos o particulares que pudieran aportar ayudas económicas, que comuniquen las aportaciones que pretenden realizar durante el curso, en cada caso.

.- Para la realización del presupuesto se tendrá en cuenta la reserva del porcentaje que establece la Normativa vigente para adquisición de material inventariable.

.- Se respetarán los apartados de Ingresos y Gastos previstos en la Normativa vigente relativa a la contabilidad de los centros.

.- El Secretario, con el visto Bueno de la Dirección del centro, tendrá en cuenta la situación de partida, para compensar los posibles desajustes que puedan encontrarse en cuanto a dotación y recursos de los distintos equipos en el momento de la elaboración del presupuesto.

.- El presupuesto deberá satisfacer, en cualquier caso, todas las necesidades básicas de funcionamiento general (seguridad interna de las instalaciones, materiales y personas, mantenimiento de las comunicaciones tanto telefónicas, electrónicas, escritas y de correo ordinario a la Comunidad y a las distintas administraciones, soporte básico de las tareas del profesorado), así como el mantenimiento de los distintos planes en los que participa el centro u otros que la Administración Educativa le confiera.

.- Una vez satisfechas dichas necesidades básicas, se destinará una parte del presupuesto de Funcionamiento Ordinario, a los distintos Ciclos y Especialidades, a fin de reponer, mantener y completar dentro de lo posible, de manera participativa y equilibrada, los recursos de dichos sectores.

.- Será el Equipo Directivo, quien presente a todos los miembros del Consejo Escolar el borrador del Presupuesto, con una antelación mínima de una semana a la celebración del Consejo Escolar que estudie su aprobación definitiva.

.- Los pagos que realice el Centro se harán, preferentemente, a través de transferencias bancarias, cheques nominativos, o domiciliaciones en su cuenta bancaria oficial, para garantizar la total transparencia y control de los pagos realizados en la actividad económica del Centro, debiendo ser imprescindible, la firma de al menos dos personas del Equipo Directivo titular, siendo una de ellas, imprescindiblemente, la del Director del Centro. Excepcionalmente se pagarán en metálico pequeñas cantidades que deberán ser justificas conforme a la legislación vigente.

.- El presupuesto será revisado trimestralmente y se dará cuenta de ello al Consejo Escolar que autorizará o no la revisión.

2.1.- PRESUPUESTOS ANUALES Y CUENTAS DE GESTIÓN.

  • La persona responsable de la Secretaría, presentará el proyecto de presupuesto anual y la cuenta de gestión en la Comisión Permanente del Consejo Escolar en un plazo de quince días desde la comunicación al centro de la cantidad asignada para gastos de funcionamiento.

  • El Consejo Escolar estudiará y en su caso aprobará, el presupuesto anual del centro y la cuenta de gestión en un plazo de quince días a partir de la presentación de los mismos a la Comisión permanente.

  • Una vez aprobados, tanto los presupuestos, como el resumen de la cuenta de gestión, figurarán como ANEXOS a este Proyecto de Gestión.

2.2. CUALESQUIERA OTROS ASPECTOS RELATIVOS A LA GESTIÓN ECONÓMICA DEL CENTRO NO CONTEMPLADOS EN LA NORMATIVA VIGENTE, A LA QUE, EN TODO CASO, DEBERÁ SUPEDITARSE.

1.- Asignación de gastos ordinarios correspondientes a los ingresos.

  1. Ingresos

  • Remanente del curso anterior

  • Ingresos previstos para gastos de funcionamiento

  • Programa “Escuelas Deportivas”

  • Programa de Gratuidad de libros de texto

  • Plan de Apertura

  • Programa P.A.L.I. (Ayuda Lingüística para inmigrantes)

  1. Gastos

    • Mantenimiento de equipos y herramientas:

    • Mantenimiento de instalaciones

    • Trabajos realizados por otras empresas

    • Material de oficina:

    • Material de uso común

    • Reprografía

    • Material de E. Infantil

    • Material de Primer Ciclo

    • Material de Segundo Ciclo

    • Material de tercer ciclo

    • Especialidades

    • Material de apoyo a la integración.

    • Material Deporte Escolar.

    • Programa de Gratuidad de libros de texto.

    • P.A.L.I. (Programa de Apoyo Lingüístico para inmigrates.

    • Servicios de comunicaciones

    • Gastos diversos

    • Material inventariable.

  1. Las Consejerías competentes en las materias de Hacienda y de Educación determinarán la estructura y periodicidad de la cuenta de gestión que el centro ha de rendir ante la Consejería de Educación, estableciéndose el procedimiento de control y registro de las actuaciones derivadas de la actividad económica de los mismos.

  2. La aprobación del proyecto de presupuesto del centro para cada curso escolar, así como la justificación de su cuenta de gestión son competencia del Consejo Escolar.

En el caso de la justificación de la cuenta, se realizará por medio de una certificación del Consejo Escolar sobre la aplicación dada a los recursos totales, que sustituirá a los justificantes originales, los cuales, junto con toda la documentación, estarán a disposición tanto de la Consejería de Educación, como de los órganos de la Comunidad Autónoma con competencia en materia de fiscalización económica y presupuestaria, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, del Parlamento de Andalucía, del Tribunal de Cuentas y de los órganos de la Unión Europea con competencia en la materia.

  1. Los presupuestos anuales y las cuentas de gestión formarán parte del proyecto de gestión.